domingo, 23 de diciembre de 2012
viernes, 21 de diciembre de 2012
Declarada inocente y liberada dirigente de Cahucopana
Cahucopana y ACVC agradecen a las organizaciones sociales que expresaron su solidaridad frente al proceso de judicialización de Claudia Mayorga Cantillo
Con alegría y agradecimiento, la Corporación Humanitaria por la Convivencia y la Paz del Nordeste Antioqueño – CAHUCOPANA y la Asociación Campesina del Valle del río Cimitarra – ACVC, celebran la libertad de Claudia María Mayorga Cantillo, obtenida el día 1 de noviembre de 2012 después de 8 meses de injusta detención después de que un juez la declarara inocente de los cargos que le habían imputado .
Claudia María Mayorga Cantillo se encontraba privada de la libertad y recluida en la Cárcel de Mujeres de Bucaramanga desde el 1 de marzo de 2012, como consecuencia de un injusto proceso de judicialización adelantado en su contra, que finalmente ha quedado sin soporte a través de una sentencia judicial que reconoce su inocencia y la arbitrariedad de las acusaciones contra ella realizadas.
La detención de Claudia se enmarcó dentro de una estrategia de persecución a los procesos organizativos campesinos del Magdalena Medio, consistente en desestructurar los tejidos familiares que dan soporte a dirigentes campesinos y defensores de derechos humanos por vía de la judicialización, con el ánimo de debilitar su compromiso comunitario y en consecuencia los procesos organizativos de la región.
Sin embargo, contrario a estos propósitos de ruptura, las organizaciones sociales del Magdalena Medio, junto a familiares y amigos de Claudia María Mayorga, se encargaron de acompañarla a ella y su familia en este dura trasegar, a través de distintas expresiones de solidaridad efectiva que se manifestaron el impulso de una campaña de Solidaridad en torno a su pronta libertad.
Desde CAHUCOPANA y la ACVC, agradecemos de forma fraterna estas expresiones de solidaridad efectiva, sin las cuales tal vez los propósitos desestabilizadores del establecimiento hubieran cobrado resultado. La reciente libertad de Claudia nos demuestra nuevamente que la unión hace la fuerza, y nos llena de alegría y fuerzas para seguir insistiendo en la lucha por la permanencia en el territorio, la defensa de los derechos humanos y la construcción de propuestas de paz con justicia social para nuestra región.
La única culpa de Claudia consistió en insistir en que la vida, aún en medio de la adversidad del conflicto, era posible. Es esa la misma culpa que hoy cargan decenas de campesinos y campesinas víctimas de arbitrarios procesos de judicialización, a los cuales hoy les manifestamos nuestra total solidaridad.
domingo, 28 de octubre de 2012
CAHUCOPANA PRESENTÓ
COADYUVANCIA A DEMANDA A LEY 1448 DE 2011 INTERPUESTA ANTE LA
CORTE CONSTITUCIONAL
El
pasado 14 de junio del año 2011 se presentó por parte de diferentes
organizaciones no gubernamentales y defensoras de DD.HH, ante la Corte Constitucional
acción de inconstitucionalidad contra los artículos 28 numeral 9
(parcial), 70 (parcial); 72 incisos 1, 2, 4, y 5 (parciales); 73 numeral 1 y 2
(parciales); 74 inciso 6 (parcial); 75 (parcial); 76 inciso 4
(parcial) e inciso 5; 77 numeral 3 y 4 (parciales);
78 (parcial); 84 parágrafo 2 (parcial); 91 inciso 1
(parcial); 99, 120 inciso 3 y 207 de la ley
1448 de 2011 “por la cual
se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas
del conflicto armado interno y se dictan otras disposiciones”, en este sentido y sintiendo
vulnerados nuestros derechos como victimas, la Corporación
Cahucopana junto con otras organizaciones defensoras de derechos
humanos intervinieron en el proceso de acción de inconstitucionalidad, para
lo cual se aportaron argumentos de constitucional y de derecho
internacional de los derechos humanos que ponemos en conocimiento como
contribución a la justiciabilidad de los derechos de los y las victimas.
La incidencia
alcanzada por las organizaciones aunque no logro que se declarará la
inconstitucionalidad del total del articulado demandado,
si permitió la unidad y la fortaleza de los ciudadanos en torno a la
exigibilidad de sus derechos sin distinción ni discriminación por
parte de los legisladores.
Corporación
Acción Humanitaria por la Convivencia y la Paz del Nordeste Antioqueño
–CAHUCOPANA
[...]
Miembros de la Corporación Acción Humanitaria por la Convivencia y la Paz del
Nordeste Antioqueño, CAHUCOPANA, intervinieron en el presente proceso, para
coadyuvar la demandada, con base en los siguientes argumentos:
En
primer lugar, se resalta la necesidad de señalar la violación del derecho a la
igualdad consagrado en la Constitución y en los instrumentos internacionales de
protección de derechos humanos y de protección de los derechos de las víctimas
de violaciones de derechos humanos en los artículos 28, numerales 9 y 72,
inciso 2 de la Ley 1448 de 2011, que se refieren a los principales derechos de
las víctimas, en lo relacionado con el derecho a la restitución.
En
segundo lugar, se hace referencia a los artículos 70, 72 y 73 (parciales) de la
ley 1448 de 2011, sobre las expresiones “inmuebles”, “tierras” y “de las
tierras” donde al igual que los accionantes, consideran que se está produciendo
una omisión legislativa relativa en cuanto a los bienes
muebles, que trae como consecuencia la violación del derecho fundamental de las
víctimas a la restitución y atenta contra el derecho a la reparación integral,
así como contra los derechos a la verdad y a la justicia, al derecho a la
igualdad y a la propiedad privada.
De
otra parte, consideran que se produce una afectación al derecho de las víctimas
contenido en los tratados internacionales e instrumentos del derecho
internacional de los derechos humanos, y contraría los parámetros e
interpretaciones que de éstos ha realizado la jurisprudencia interamericana.
En
ese sentido, solicitan que se declare la constitucionalidad
condicionada de los artículos señalados, teniendo en cuenta que cuando
se usan las expresiones “inmuebles”, “tierras” y “de las tierras” se hace
referencia también en la norma a bienes muebles.
En
tercer lugar, CAHUCOPANA dice coincidir con los demandantes en los argumentos
expuestos y en las afectaciones identificadas en el contenido normativo de los
artículos 74 inciso 6 (parcial), 75 (parcial), 76 inciso 4 (parcial), 77
numerales 3 y 4 (parciales), 78 (parcial), 84 parágrafo 2 (parcial) y 91 inciso
1 (parcial) de la Ley 1448 de 2011, relacionados con la categorización de
despojo y abandono forzado de tierras y titularidad del derecho a la
restitución y protección de derechos de terceros. Además, indicaron que las
disposiciones acusadas vulneran el derecho a la restitución de las víctimas,
cuya relación con los predios se presenta de manera más precaria, viéndose
afectados en la posibilidad de restituir sus derechos. Es así como, CAHUCOPANA,
se acoge a la pretensión subsidiaria a la tercera pretensión principal de la
demanda y solicita se declare la constitucionalidad condicionada de
las expresiones “el propietario o poseedor de tierras” y “ la propiedad,
posesión u ocupación”, entre otras, pues dichas normas deben interpretarse en
el sentido de que tanto los propietarios o poseedores de predios, como los
ocupantes de baldíos y tenedores, tienen derecho a la restitución contemplada
en los artículos demandados.
Finalmente,
respecto del inciso 5 del artículo 76, artículo 77, numeral 3, artículo 99 y
artículo 207 de la Ley 1448 de 2011, sobre el proceso de restitución y
actuaciones judiciales, al igual que los demandantes, CAHUCOPANA explica que
estos son violatorios de los derechos de las víctimas y debe declararse
la constitucionalidad parcial frente al artículo 77, numeral
3, en cuanto la expresión “opositora”, y la inconstitucionalidad de
los demás artículos.
link sentencia completa: http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2012/C-715-12.htm
viernes, 26 de octubre de 2012
video de campesinos del nordeste en la semana de la indignaciòn
Entendemos que la paz no es solo un producto
de la conciliación de la guerra, las comunidades campesinas consideramos que
para que exista la paz deben incluirse condiciones de justicia social, por lo
tanto la solución pasa por tener en cuenta las reivindicaciones de las
comunidades frente a la defensa de la tierra y el territorio y la garantía de
los derechos humanos.
Plan Troya
Una estrategia de persecución y continuidad del
conflicto
Plan Troya para el Nordeste Antioqueño
Las
comunidades minero campesinas del nordeste de Antioquia rechazamos el Plan
Troya para los municipios de Remedios, Segovia, Vegachí y Yalí.
El pasado 14
de octubre en una reunión realizada en el casco urbano del municipio de Segovia
el ministro de defensa declaró que entrará en rigor el Plan Troya (como
respuesta a las bandas criminales a nivel nacional) para 4 municipios
históricamente mineros en el Nordeste Antioqueño; con un grupo especial de 386
policías y de la mano con otros órganos como la fiscalía, se adelantarán
operaciones en toda la región que buscarán cerrar, decomisar e iniciar procesos
judiciales contra la minería sin título y permiso de explotación.
Este plan
que cuenta con el respaldo de la gobernación de Antioquia y está enmarcado en
un proceso de consolidación regional, es una estrategia política integral de
control criminal a nivel departamental y que claramente hace parte de un
proceso histórico de despojo y violaciones de derechos humanos en la región, se
configura para las comunidades minero campesinas del Nordeste Antioqueño en una
amenaza inminente a su trabajo y a su vida.
Este grupo
de 386 hombres de la Policía y el Ejercito que llegaron al municipio de Segovia
para poner en marcha el Plan Troya tiene como propósito combatir las
actividades de narcotráfico y minería como supuesta forma de sustento de “Los
Rastrojos” “Urabeños”, la banda de “Los paisas” y el grupo insurgente de las
FARC.
Las
comunidades minero campesinas, rechazamos éste plan y cualquier tipo de
persecución a la pequeña y mediana minería, pues como siempre estos planes
tiene un trasfondo que solo afecta la vida digna y la garantía de los derechos
de las comunidades.
De nuevo las
comunidades quedamos en el centro del conflicto, donde nunca hemos tenido
garantías para la realización de nuestras actividades económicas de sustento
como lo ha sido por más de 50 años la pequeña y mediana minería.
La
persecución a nuestro trabajo y nuestra vida ha sido una constante histórica,
la venta de nuestros recursos a multinacionales y las titulaciones
indiscriminadas han atentado contra nuestros derechos, desplazándonos y
despojándonos de nuestras tierras. La minería artesanal de pequeña y mediana
escala es nuestra forma de sustento, la forma de trabajo y el desarrollo de
nuestra región, sin contar con nuestros procesos de cuidado del medio ambiente
y el uso racional de los recursos, La persecución y estigmatización de nuestro
trabajo solo nos trae guerra, miedo y zozobra a las cientos de familias que
sobrevivimos de la extracción del oro.
La presencia
del Estado en nuestra región no puede ser solo militar, este plan es otro
recurso para perseguir a las comunidades y permitir la entrada de grandes
empresas multinacionales. Es por este motivo que hoy nos pronunciamos y
rechazamos este plan en su totalidad; exhortamos a los organismos nacionales e
internacionales defensores de derechos humanos y la sociedad civil en general a seguir
de cerca las operaciones que adelante este grupo especial de la fuerza pública,
no queremos repetir la historia de las ejecuciones extrajudiciales y los
montajes judiciales a campesinos y mineros trabajadores. Exigimos a la policía
y el ejército nacional respetar la vida de las comunidades minero campesinas
del nordeste antioqueño, los hacemos responsables de cualquier violación a los
Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario y hacemos un llamado a
realizar un diagnostico participativo y una mejora técnica y de acceso a
títulos legales de nuestras minas, el trabajo en la minería no puede ser un
delito.
Pronunciamiento minero campesino
Las comunidades del Norte
y el Nordeste de Antioquia, nos indignamos y caminamos por la paz
Pronunciamiento minero
campesino por la solución política al conflicto social y armando en Colombia
Las comunidades
campesinas del Norte y el Nordeste Antioqueño exigimos hacer parte de todo
proceso de diálogo de paz que se lleve a cabo en Colombia. Las comunidades
tenemos la llave de la paz y somos las principales víctimas del conflicto
social y armado que se viene presentado por más de 50 años en nuestros
territorios, por lo tanto queremos hacernos partícipes en un dialogo que se
debe dar desde las comunidades en el marco del respeto y las garantías de los
derechos humanos, entendiéndolos de forma integral, incluyendo el derecho a la salud,
la educación, la vida, la movilización, la tierra y el territorio.
Entendemos que la paz no es solo
un producto de la conciliación de la guerra, las comunidades campesinas
consideramos que para que exista la paz deben incluirse condiciones de justicia
social, por lo tanto la solución pasa por tener en cuenta las reivindicaciones
de las comunidades frente a la defensa de la tierra y el territorio y la
garantía de los derechos humanos.
Este 12 de octubre nos indignamos verdaderos luchadores del
día al día que construimos a diario un país donde quepamos todos, por lo tanto
presentamos a la comunidad de Barbosa y la comunidad nacional, los siguientes
puntos que resumen nuestra visión de un país incluyente en paz con justicia
social:
1. Los
campesinos y campesinas de Antioquia, exigimos una reforma agraria integral,
encaminada en la construcción de una política agraria que garantice el derecho
a la tierra y el territorio, en condiciones dignas para la vida, para esto
exigimos:
1.1 Soberanía y autonomía alimentaria,
donde el Estado no nos imponga semillas transgénicas desplazando las semillas
nativas, amenazando nuestra biodiversidad.
1.2 La comercialización de productos
campesinos donde se garantice sin intermediarios y con precio justo, garantizando
además la capacitación técnica y los subsidios necesarios para proteger la
economía campesina.
1.3 Legalización y protección de los
títulos de propiedad de tierras.
1.4 Fomento
y protección a los procesos de titulación colectiva como son los resguardos
indígenas, los consejos comunitarios de afrodescendientes y las Zonas de
Reserva Campesinas, esto dentro del marco de la construcción de los territorios
a partir de la autonomía en la constitución de planes de vida o planes de
desarrollo locales, así mismo la creación de los Planes de Ordenamiento
Territorial alternativos.
2. Las
comunidades campesinas y mineras de Antioquia, exigimos la soberanía sobre
nuestros recursos minero energéticos, por lo tanto proponemos la construcción
del nuevo código minero coherente con las necesidades de las comunidades que
respete el trabajo que históricamente se ha ido desarrollado por mineros
artesanales y la mediana minería.
2.1 Esto dentro de un proceso de
nacionalización de recursos, donde el país sea beneficiario de las riquezas. En
este sentido exigimos que las grandes empresas multinacionales salgan de
nuestros territorios.
2.2 Legalización, protección de títulos
mineros, así como el apoyo para tecnificar los procesos de minería locales.
2.3 Protección del medio ambiente
mediante la creación de proyectos alternativos de extracción.
2.4 Garantía de realización de la
consulta previa, libre e informada frente a los grandes megaproyectos agrarios
y minero energéticos.
2.5 Exigimos garantizar la seguridad de
nuestros compañeros mineros, no más estigmatización del trabajo minero.
3. Las
comunidades del Norte y Nordeste Antioqueño exigimos la garantía de los
derechos humanos de forma integral donde la justicia social sea la premisa para
la construcción de la paz, en este sentido los temas de derecho a la vida,
salud, educación, trabajo, movilización, libre asociación, tierra y territorio,
libertad, libre expresión deben liderar la agenda de discusión nacional.
Hacemos públicamente la denuncia de las constantes estigmatizaciones a los
campesinos y a los líderes comunitarios, exigimos la no repetición de estos
hechos, si se va aparar la guerra se debe parar la criminalización de líderes
de organizaciones sociales. Para ello proponemos:
3.1 la
creación de una mesa regional constituyente, que dé cuenta del contexto puntual
de la región y permita la efectiva acción sobre las problemáticas regionales en
material de derechos humanos. Donde participen todas las organizaciones que
estén comprometidas en la construcción de políticas integrales y soluciones de
paz con justicia social.
En el marco de estas exigencias proponemos los espacios de
las constituyentes por la paz como el escenario político de discusión en donde
sean las comunidades quienes construyamos las propuestas de un país en paz con
justicia social. Las constituyentes son un mandato popular.
Estos puntos se configuran en una propuesta de un nuevo país
que tiene como fin, además, exigir a los actores en conflicto no levantarse de
la mesa hasta no conseguir una paz con justicia social, exigimos el cese al
fuego de forma inmediata, no podemos dialogar en medio de las balas. La
impunidad no puede seguir siendo una política de estado, exigimos la no
repetición, la reparación integral de las víctimas y un perdón público. Debemos
cesar la guerra para lograr la paz.
Las comunidades del Norte y Nordeste de Antioquia caminamos
este emblemático 12 de octubre por la construcción de tan anhelada paz
exigiendo una vida digna y un país donde quepan todos nuestros sueños.
Firman:
COMUNIDADES
CAMPESINAS Y MINERAS DEL NORTE Y NORDESTE DE ANTIOQUIA
·
Corporación
Acción Humanitaria por la Convivencia y la Paz del Nordeste Antioqueño
(CAHUCOPANA)
·
Asociación
Campesina del Norte de Antioquia (ASCNA)
·
Consejo
Mayor Comunitario del Porce. AZA
·
Asociación
Campesina del Valle del Río Cimitarra (ACVC)
·
Asociación
Agraria y Minera de Amalfi (ASAGRAMA)
·
CEPELA
·
Cultura
y Libertad
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