domingo, 28 de octubre de 2012



CAHUCOPANA PRESENTÓ COADYUVANCIA A DEMANDA  A LEY 1448 DE 2011 INTERPUESTA ANTE LA CORTE CONSTITUCIONAL

El pasado 14 de junio del año 2011 se presentó por parte de diferentes organizaciones no gubernamentales y defensoras de DD.HH, ante la Corte Constitucional acción de inconstitucionalidad contra  los artículos 28 numeral 9 (parcial), 70 (parcial); 72 incisos 1, 2, 4, y 5 (parciales); 73 numeral 1 y 2 (parciales);  74 inciso 6 (parcial); 75 (parcial); 76 inciso 4 (parcial) e inciso 5; 77 numeral 3 y 4 (parciales); 78  (parcial);  84 parágrafo 2 (parcial); 91 inciso 1 (parcial);  99, 120 inciso 3 y 207 de la ley 1448 de 2011 “por la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno y se dictan otras disposiciones”,  en este sentido y sintiendo vulnerados nuestros derechos como victimas,  la Corporación Cahucopana junto con otras organizaciones defensoras de derechos humanos intervinieron en el proceso de acción de inconstitucionalidad,   para lo cual se aportaron  argumentos de constitucional y de derecho internacional de los derechos humanos que ponemos en conocimiento como contribución a la justiciabilidad de los derechos de los y las victimas.
La incidencia alcanzada por las organizaciones aunque no logro que se declarará la inconstitucionalidad del total del articulado demandado, si permitió la unidad y la fortaleza de los ciudadanos en torno a la exigibilidad de sus derechos sin distinción ni discriminación por parte de los legisladores.

Corporación Acción Humanitaria por la Convivencia y la Paz del Nordeste Antioqueño –CAHUCOPANA

[...] Miembros de la Corporación Acción Humanitaria por la Convivencia y la Paz del Nordeste Antioqueño, CAHUCOPANA, intervinieron en el presente proceso, para coadyuvar la demandada, con base en los siguientes argumentos:

En primer lugar, se resalta la necesidad de señalar la violación del derecho a la igualdad consagrado en la Constitución y en los instrumentos internacionales de protección de derechos humanos y de protección de los derechos de las víctimas de violaciones de derechos humanos en los artículos 28, numerales 9 y 72, inciso 2 de la Ley 1448 de 2011, que se refieren a los principales derechos de las víctimas, en lo relacionado con el derecho a la restitución.

En segundo lugar, se hace referencia a los artículos 70, 72 y 73 (parciales) de la ley 1448 de 2011, sobre las expresiones “inmuebles”, “tierras” y “de las tierras” donde al igual que los accionantes, consideran que se está produciendo una omisión legislativa relativa en cuanto a los bienes muebles, que trae como consecuencia la violación del derecho fundamental de las víctimas a la restitución y atenta contra el derecho a la reparación integral, así como contra los derechos a la verdad y a la justicia, al derecho a la igualdad y a la propiedad privada.

De otra parte, consideran que se produce una afectación al derecho de las víctimas contenido en los tratados internacionales e instrumentos del derecho internacional de los derechos humanos, y contraría los parámetros e interpretaciones que de éstos ha realizado la jurisprudencia interamericana.

En ese sentido, solicitan que se declare la constitucionalidad condicionada de los artículos señalados, teniendo en cuenta que cuando se usan las expresiones “inmuebles”, “tierras” y “de las tierras” se hace referencia también en la norma a bienes muebles.

En tercer lugar, CAHUCOPANA dice coincidir con los demandantes en los argumentos expuestos y en las afectaciones identificadas en el contenido normativo de los artículos 74 inciso 6 (parcial), 75 (parcial), 76 inciso 4 (parcial), 77 numerales 3 y 4 (parciales), 78 (parcial), 84 parágrafo 2 (parcial) y 91 inciso 1 (parcial) de la Ley 1448 de 2011, relacionados con la categorización de despojo y abandono forzado de tierras y titularidad del derecho a la restitución y protección de derechos de terceros. Además, indicaron que las disposiciones acusadas vulneran el derecho a la restitución de las víctimas, cuya relación con los predios se presenta de manera más precaria, viéndose afectados en la posibilidad de restituir sus derechos. Es así como, CAHUCOPANA, se acoge a la pretensión subsidiaria a la tercera pretensión principal de la demanda y solicita se declare la constitucionalidad condicionada de las expresiones “el propietario o poseedor de tierras” y “ la propiedad, posesión u ocupación”, entre otras, pues dichas normas deben interpretarse en el sentido de que tanto los propietarios o poseedores de predios, como los ocupantes de baldíos y tenedores, tienen derecho a la restitución contemplada en los artículos demandados.

Finalmente, respecto del inciso 5 del artículo 76, artículo 77, numeral 3, artículo 99 y artículo 207 de la Ley 1448 de 2011, sobre el proceso de restitución y actuaciones judiciales, al igual que los demandantes, CAHUCOPANA explica que estos son violatorios de los derechos de las víctimas y debe declararse la constitucionalidad parcial frente al artículo 77, numeral 3, en cuanto la expresión “opositora”, y la inconstitucionalidad de los demás artículos.


 

viernes, 26 de octubre de 2012

video de campesinos del nordeste en la semana de la indignaciòn





Entendemos que la paz no es solo un producto de la conciliación de la guerra, las comunidades campesinas consideramos que para que exista la paz deben incluirse condiciones de justicia social, por lo tanto la solución pasa por tener en cuenta las reivindicaciones de las comunidades frente a la defensa de la tierra y el territorio y la garantía de los derechos humanos.

Plan Troya

Una estrategia de persecución y continuidad del conflicto
 Plan Troya para el Nordeste Antioqueño

Las comunidades minero campesinas del nordeste de Antioquia rechazamos el Plan Troya para los municipios de Remedios, Segovia, Vegachí y Yalí.

El pasado 14 de octubre en una reunión realizada en el casco urbano del municipio de Segovia el ministro de defensa declaró que entrará en rigor el Plan Troya (como respuesta a las bandas criminales a nivel nacional) para 4 municipios históricamente mineros en el Nordeste Antioqueño; con un grupo especial de 386 policías y de la mano con otros órganos como la fiscalía, se adelantarán operaciones en toda la región que buscarán cerrar, decomisar e iniciar procesos judiciales contra la minería sin título y permiso de explotación.

Este plan que cuenta con el respaldo de la gobernación de Antioquia y está enmarcado en un proceso de consolidación regional, es una estrategia política integral de control criminal a nivel departamental y que claramente hace parte de un proceso histórico de despojo y violaciones de derechos humanos en la región, se configura para las comunidades minero campesinas del Nordeste Antioqueño en una amenaza inminente a su trabajo y a su vida.

Este grupo de 386 hombres de la Policía y el Ejercito que llegaron al municipio de Segovia para poner en marcha el Plan Troya tiene como propósito combatir las actividades de narcotráfico y minería como supuesta forma de sustento de “Los Rastrojos” “Urabeños”, la banda de “Los paisas” y el grupo insurgente de las FARC.

Las comunidades minero campesinas, rechazamos éste plan y cualquier tipo de persecución a la pequeña y mediana minería, pues como siempre estos planes tiene un trasfondo que solo afecta la vida digna y la garantía de los derechos de las comunidades.

De nuevo las comunidades quedamos en el centro del conflicto, donde nunca hemos tenido garantías para la realización de nuestras actividades económicas de sustento como lo ha sido por más de 50 años la pequeña y mediana minería.

La persecución a nuestro trabajo y nuestra vida ha sido una constante histórica, la venta de nuestros recursos a multinacionales y las titulaciones indiscriminadas han atentado contra nuestros derechos, desplazándonos y despojándonos de nuestras tierras. La minería artesanal de pequeña y mediana escala es nuestra forma de sustento, la forma de trabajo y el desarrollo de nuestra región, sin contar con nuestros procesos de cuidado del medio ambiente y el uso racional de los recursos, La persecución y estigmatización de nuestro trabajo solo nos trae guerra, miedo y zozobra a las cientos de familias que sobrevivimos de la extracción del oro.

La presencia del Estado en nuestra región no puede ser solo militar, este plan es otro recurso para perseguir a las comunidades y permitir la entrada de grandes empresas multinacionales. Es por este motivo que hoy nos pronunciamos y rechazamos este plan en su totalidad; exhortamos a los organismos nacionales e internacionales defensores de derechos humanos y la sociedad civil en general a seguir de cerca las operaciones que adelante este grupo especial de la fuerza pública, no queremos repetir la historia de las ejecuciones extrajudiciales y los montajes judiciales a campesinos y mineros trabajadores. Exigimos a la policía y el ejército nacional respetar la vida de las comunidades minero campesinas del nordeste antioqueño, los hacemos responsables de cualquier violación a los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario y hacemos un llamado a realizar un diagnostico participativo y una mejora técnica y de acceso a títulos legales de nuestras minas, el trabajo en la minería no puede ser un delito.

Pronunciamiento minero campesino



Las comunidades del Norte y el Nordeste de Antioquia, nos indignamos y caminamos por la paz
Pronunciamiento minero campesino por la solución política al conflicto social y armando en Colombia

 Las comunidades campesinas del Norte y el Nordeste Antioqueño exigimos hacer parte de todo proceso de diálogo de paz que se lleve a cabo en Colombia. Las comunidades tenemos la llave de la paz y somos las principales víctimas del conflicto social y armado que se viene presentado por más de 50 años en nuestros territorios, por lo tanto queremos hacernos partícipes en un dialogo que se debe dar desde las comunidades en el marco del respeto y las garantías de los derechos humanos, entendiéndolos de forma integral, incluyendo el derecho a la salud, la educación, la vida, la movilización, la tierra y el territorio.
Entendemos que la paz no es solo un producto de la conciliación de la guerra, las comunidades campesinas consideramos que para que exista la paz deben incluirse condiciones de justicia social, por lo tanto la solución pasa por tener en cuenta las reivindicaciones de las comunidades frente a la defensa de la tierra y el territorio y la garantía de los derechos humanos.

Este 12 de octubre nos indignamos verdaderos luchadores del día al día que construimos a diario un país donde quepamos todos, por lo tanto presentamos a la comunidad de Barbosa y la comunidad nacional, los siguientes puntos que resumen nuestra visión de un país incluyente en paz con justicia social:

1. Los campesinos y campesinas de Antioquia, exigimos una reforma agraria integral, encaminada en la construcción de una política agraria que garantice el derecho a la tierra y el territorio, en condiciones dignas para la vida, para esto exigimos:

1.1 Soberanía y autonomía alimentaria, donde el Estado no nos imponga semillas transgénicas desplazando las semillas nativas, amenazando nuestra biodiversidad.
1.2 La comercialización de productos campesinos donde se garantice sin intermediarios y con precio justo, garantizando además la capacitación técnica y los subsidios necesarios para proteger la economía campesina.
1.3 Legalización y protección de los títulos de propiedad de tierras.
1.4 Fomento y protección a los procesos de titulación colectiva como son los resguardos indígenas, los consejos comunitarios de afrodescendientes y las Zonas de Reserva Campesinas, esto dentro del marco de la construcción de los territorios a partir de la autonomía en la constitución de planes de vida o planes de desarrollo locales, así mismo la creación de los Planes de Ordenamiento Territorial alternativos.


2. Las comunidades campesinas y mineras de Antioquia, exigimos la soberanía sobre nuestros recursos minero energéticos, por lo tanto proponemos la construcción del nuevo código minero coherente con las necesidades de las comunidades que respete el trabajo que históricamente se ha ido desarrollado por mineros artesanales y la mediana minería.
2.1 Esto dentro de un proceso de nacionalización de recursos, donde el país sea beneficiario de las riquezas. En este sentido exigimos que las grandes empresas multinacionales salgan de nuestros territorios.
2.2 Legalización, protección de títulos mineros, así como el apoyo para tecnificar los procesos de minería locales.
2.3 Protección del medio ambiente mediante la creación de proyectos alternativos de extracción.
2.4 Garantía de realización de la consulta previa, libre e informada frente a los grandes megaproyectos agrarios y minero energéticos.
2.5 Exigimos garantizar la seguridad de nuestros compañeros mineros, no más estigmatización del trabajo minero.

3. Las comunidades del Norte y Nordeste Antioqueño exigimos la garantía de los derechos humanos de forma integral donde la justicia social sea la premisa para la construcción de la paz, en este sentido los temas de derecho a la vida, salud, educación, trabajo, movilización, libre asociación, tierra y territorio, libertad, libre expresión deben liderar la agenda de discusión nacional. Hacemos públicamente la denuncia de las constantes estigmatizaciones a los campesinos y a los líderes comunitarios, exigimos la no repetición de estos hechos, si se va aparar la guerra se debe parar la criminalización de líderes de organizaciones sociales. Para ello proponemos:

3.1 la creación de una mesa regional constituyente, que dé cuenta del contexto puntual de la región y permita la efectiva acción sobre las problemáticas regionales en material de derechos humanos. Donde participen todas las organizaciones que estén comprometidas en la construcción de políticas integrales y soluciones de paz con justicia social. 

En el marco de estas exigencias proponemos los espacios de las constituyentes por la paz como el escenario político de discusión en donde sean las comunidades quienes construyamos las propuestas de un país en paz con justicia social. Las constituyentes son un mandato popular. 

Estos puntos se configuran en una propuesta de un nuevo país que tiene como fin, además, exigir a los actores en conflicto no levantarse de la mesa hasta no conseguir una paz con justicia social, exigimos el cese al fuego de forma inmediata, no podemos dialogar en medio de las balas. La impunidad no puede seguir siendo una política de estado, exigimos la no repetición, la reparación integral de las víctimas y un perdón público. Debemos cesar la guerra para lograr la paz.

Las comunidades del Norte y Nordeste de Antioquia caminamos este emblemático 12 de octubre por la construcción de tan anhelada paz exigiendo una vida digna y un país donde quepan todos nuestros sueños.

Firman:

COMUNIDADES CAMPESINAS Y MINERAS DEL NORTE Y NORDESTE DE ANTIOQUIA

·         Corporación Acción Humanitaria por la Convivencia y la Paz del Nordeste Antioqueño (CAHUCOPANA)
·         Asociación Campesina del Norte de Antioquia (ASCNA)
·         Consejo Mayor Comunitario del Porce. AZA
·         Asociación Campesina del Valle del Río Cimitarra (ACVC)
·         Asociación Agraria y Minera de Amalfi (ASAGRAMA)
·          CEPELA
·         Cultura y Libertad