INFORME DE LA COMISIÓN DE VERIFICACIÓN
A LA VEREDA LAS GUAGUAS MUNICIPIO DE SEGOVIA, ANTIOQUIA
FECHA: 19 y 20 de noviembre de 2014
LUGAR: vereda Las Guaguas, municipio de Segovia, Dpto. de
Antioquia
OBJETIVO: Verificar y denunciar ante organismos
nacionales e internacionales las violaciones a los Derechos Humanos e
infracción al Derecho Internacional Humanitario por parte del Ejército Nacional
contra las comunidades campesinas e indígenas que habitan en la
vereda Las Guaguas y el Resguardo Indigena Tagual la Pó, en los hechos ocurridos el día 31 de octubre de
2014, donde resultó herida con arma de fuego por el Ejército Nacional, la
indígena MARIA OMAIRA NAYAZA GONZALEZ, perteneciente al resguardo indígena
Tagual la Pó.
La comisión de
verificación hace la presentación de este informe con el ánimo de visibilizar y
denunciar las graves violaciones de derechos humanos de las que son víctimas
quienes habitan el territorio y reclamar al Estado el cumplimiento de los
compromisos que ha adquirido con la comunidad internacional en los tratados
ratificados en materia de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario,
así como los derechos fundamentales contemplados en la constitución colombiana.
HECHOS:
El día 31 de
octubre del 2014 siendo la 1:00 p.m.,
los compañeros indígenas JUAN EVANGELISTA NAYAZA, CLEMENTINA OSORIO y OMAIRA NAYAZA después de realizar sus
oficios cotidianos, trayendo las cosechas de la parcela, se dirigieron a
descansar en el caserío Las Guaguas sobre
un arrume de madera, en
ese momento hacen presencia militares
del BATALLÓN ENERGÉTICO VIAL NUMERO 8 al
mando del SARGENTO BALBUENA MIGUEL ANGEL
quienes ingresaron al caserío y dicen haber visto dos guerrilleros de civil en
la cantina, por eso entran disparando de
forma indiscriminada, hiriendo a la indígena OMAIRA NAYAZA con dos
impactos de fusil, uno en la pierna
derecha lateral derecho de su muslo y
otro en el abdomen parte baja a
la derecha.
OMAIRA NAYAZA se resguarda detrás de una casa donde
fue auxiliada por el señor JUAN EVANGELISTA NAYAZA y CLEMENTINA
OSORIO, cuando todo se calma la trasladan a la carretera para recibir
auxilio; en el momento en el que el señor JUAN
EVANGELISTA NAYAZA fue a avisar a la comunidad indígena de los hechos ocurridos, los militares le dicen que no se puede mover
del lugar hasta nueva orden, después de media hora lo dejan pasar.
Un enfermero
militar es el primero que le ofrece auxilio a la indígena OMAIRA NAYAZA, pero para evitar malos entendidos y con la presencia
de algunos indígenas el paramédico de la comunidad EDGAR GUEVARA GIRALDO la atiende mientras llega el gobernador para
que después no lo fueran a responsabilizar de las consecuencias de los hechos
perpetuados por los militares, posteriormente, el paramédico indígena WILSON
DE JESUS ISAGAMA NAYAZA, promotor de salud, luego del reconocimiento
del estado de OMAIRA NAYAZA por la
comunidad, procede brindarle los
primeros auxilios en compañía del enfermero militar; la indígena OMAIRA NAYAZA le toca esperar 3 horas
la llegada del helicóptero militar.
Mientras OMAIRA NAYAZA es atendida, la
comunidad pregunta por el SARGENTO
BALBUENA MIGUEL ANGEL que se encontraba en un filo a 50 metros de ella y éste
se niega a bajar, la comunidad le comunica que si no baja, suben 150 miembros
de la comunidad donde él; al bajar el SARGENTO
BALBUENA MIGUEL ANGEL no se reúne en el lugar que se encuentra concentrada
la comunidad esperándolo y esta última debe moverse hasta donde esta él, éste
ofrece disculpas, dice que fue un error, que ellos se equivocaron y le
dispararon a la compañera.
OMAIRA NAYAZA, luego de 4 horas es trasladada a la ciudad
de Medellín, junto a tres compañeros del RESGUARDO
INDÍGENA TAGUAL LA PO: LIBARDO
GUTIÉRREZ tesorero del resguardo, EDGAR
GUEVARA GIRALDO, gobernador del Resguardo y WILSON DE JESUS ISAGAMA NAYAZA paramédico y promotor de salud del
resguardo; le practican exámenes
para verificar el daño causado y la
remiten a cirugía al otro día para retirarle la bala de la pierna, el impacto
en el abdomen fue revisado por el médico, dice que solo es un rasguño en el
abdomen, pero OMAIRA NAYAZA presenta
una protuberancia y dolor tanto en el abdomen como en la parte baja de la
espalda, por lo que los compañeros suponen que aún se encuentra la bala y que no fue retirada de
su cuerpo ya que que solo fue examinada superficialmente.
Además, al recibir la historia médica de OMAIRA NAYAZA los acompañantes se dan cuenta que en los
hechos descritos por la fuerza pública son falsos, las acciones según los
militares se presentaron bajo combate en el municipio de Amagá, lo que es
mentira, los hechos se presentaron en el municipio de Segovia vereda Las
Guaguas y no hubo ningún tipo de enfrentamiento, no había presencia de ningún
otro grupo armado.
De nuevo en los
hechos, el helicóptero llega a Medellín a las 5 de la tarde, los acompañantes
no contaban con nada de dinero y no tuvieron alimentación por parte de la
fuerza pública que los acompañaba a pesar de que le comentaron al TENIENTE
BARÓN y pidieron ayuda para su alimentación y alojamiento en algún lugar,
para lo que el manifestó que no tenía dinero para estas cosas.
Los tres
acompañantes se encontraban trabajando el día de los hechos, por ende sus
prendas se encontraban aptas para el trabajo, no para su estadía en la ciudad,
ni en el hospital, el TENIENTE BARÓN
responde que aún se encuentran coordinando,
los acompañantes llaman al municipio de Segovia y se comunican con el SARGENTO RIVERA del ejercito ENCARGADO DE DERECHOS HUMANOS, éste
responde que aún no hay recursos y que él no tiene como responder, según el sargento, debido a que era viernes, ya en horas de la tarde no había como
pedir ayuda a la alcaldía de Segovia, entonces que les tocaba amanecer
en la sala de espera o que buscara donde refugiarse en la casa de paso indígena
en Medellín. Los militares evaden una
vez más su responsabilidad.
Al otro día la
situación continúa igual, sin alimentación por parte de la fuerza pública,
hasta las dos de la tarde que ofrecen un almuerzo luego de una permanente
insistencia por parte de los
acompañantes de OMAIRA NAYAZA debido
a que ellos salieron solo con el desayuno desde la zona; estos se ven abocados
a pedir a otras personas en la ciudad de Medellín ayuda debido al hambre y a la
negligencia del militar, allí se comunican con la AIC (Asociación Indígena del
Cauca) y estos le ofrecen alojamiento y les prestan $ 50.000 para los viáticos
dentro de la ciudad. A las 3:30 de la tarde los acompañantes se regresan al municipio de Segovia, el teniente
le entrega 3 tiquetes para su regreso, ya en el municipio de Segovia el SARGENTO RIVERA les ofrece alimentación
dentro del batallón a las 9:30 p.m. y les ofrecen una habitación con dos camas
en una residencia, a pesar de que son tres, y les hace saber que hasta este
punto llega su acompañamiento.
La fuerza pública al
no brindar lo requerido por los indígenas para los gastos necesarios, fueron
estos últimos quienes tuvieron que gestionar y cubrir la mayoría de costos como
lo fue el préstamo de $50.000 de la AIC, la alimentación y el traslado desde
Segovia hasta el resguardo. Además los tres acompañantes debieron abandonar sus
labores por una semana puesto que además de acompañar OMAIRA NAYAZA hasta la ciudad de Medellín, debieron elaborar las
correspondientes denuncias ante la personería de Segovia.
PATRONES DE VIOLACIÓN DE DERECHOS HUMANOS EN EL MARCO DE LA COMISIÓN DE
VERIFICACIÓN SEGÚN DENUNCIAS DE LA COMUNIDAD
Violación a la
integridad física y psicológica; acantonamiento del Ejército en la vereda, violación
del principio de distinción; violación del derecho de locomoción y movilidad.
ACCIONES
1) Los días 19 y 20 noviembre del 2014 se
traslada una comisión de verificación de
la Corporación CAHUCOPANA integrada por: coordinadores, representantes de la Corporación, un abogado, una periodista y una trabajadora social; con el objetivo de verificar
los hechos y recepcionar denuncias
frente a la violación de derechos humanos. La reunión se hace con la comunidad
tanto indígena como campesina y se elaboró un comunicado que fue aprobado por
la comunidad: el resguardo indígena Tagual la Pó, la Junta de Acción Comunal de la vereda Las
Guaguas, y por la corporación CAHUCOPANA.
2) Se ofrece el acompañamiento de derechos
humanos y garantías durante y después de los hechos ocurridos.
3) Se traslada a la compañera OMAIRA NAYAZA a la ciudad de Medellín,
asegurando su transporte, alimentación y estadía además de garantizar su
acompañamiento jurídico y médico.
4) Se hace el acompañamiento jurídico y denuncia ante
las debidas instancias: Defensoría del
pueblo Medellín, Derechos Humanos de
la cuarta brigada, fiscalía
seccional de Medellín, procuradores
administrativos Medellín y jueces administrativos.
ARCHIVO FOTOGRÁFICO
OMAIRA
NAYAZA, indígena herida por el Batallón Energético y Vial N° 8 al mando del SARGENTO BALBUENA MIGUEL ANGEL
Indígenas del resguardo Tagual La Pó y miembros Batallón Energético y Vial N° 8 al mando del SARGENTO BALBUENA MIGUEL ANGEL
Lugar en el que el BATALLÓN
ENERGÉTICO VIAL NUMERO 8 al mando del SARGENTO
BALBUENA MIGUEL ANGEL hieren a la
compañera OMAIRA NAYAZA.
Bala de fusil en el techo.
Impacto de fusil
Impacto de fusil a la indígena OMAIRA NAYAZA en el abdomen parte baja a la derecha.
Herida de fusil en la pierna
derecha, lateral derecho del muslo de la indígena OMAIRA NAYAZA
Tobillo inflamado de OMAIRA
NAYAZA.
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