miércoles, 26 de noviembre de 2014

Informe comisión de verificación vereda Las Guaguas

INFORME DE LA COMISIÓN DE VERIFICACIÓN A LA VEREDA LAS GUAGUAS MUNICIPIO DE SEGOVIA, ANTIOQUIA


FECHA: 19 y 20 de noviembre de 2014

LUGAR: vereda  Las Guaguas, municipio de Segovia, Dpto. de Antioquia

OBJETIVO: Verificar y denunciar ante organismos nacionales e internacionales las violaciones a los Derechos Humanos e infracción al Derecho Internacional Humanitario por parte del Ejército Nacional contra las comunidades campesinas e indígenas que habitan en  la vereda Las Guaguas y el Resguardo Indigena Tagual la Pó, en  los hechos ocurridos el día 31 de octubre de 2014, donde resultó herida con arma de fuego por el Ejército Nacional, la indígena MARIA OMAIRA NAYAZA GONZALEZ, perteneciente al resguardo indígena Tagual la Pó.

La comisión de verificación hace la presentación de este informe con el ánimo de visibilizar y denunciar las graves violaciones de derechos humanos de las que son víctimas quienes habitan el territorio y reclamar al Estado el cumplimiento de los compromisos que ha adquirido con la comunidad internacional en los tratados ratificados en materia de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, así como los derechos fundamentales contemplados en la constitución colombiana.

HECHOS:

El día 31 de octubre del 2014  siendo la 1:00 p.m., los compañeros  indígenas JUAN EVANGELISTA NAYAZA, CLEMENTINA OSORIO y OMAIRA NAYAZA después de realizar sus oficios cotidianos, trayendo las cosechas de la parcela, se dirigieron a descansar en el caserío Las Guaguas  sobre un arrume de  madera,  en ese momento hacen presencia  militares del BATALLÓN ENERGÉTICO VIAL NUMERO 8 al mando del SARGENTO BALBUENA MIGUEL ANGEL quienes ingresaron al caserío y dicen haber  visto dos guerrilleros de civil en la cantina,  por eso entran disparando de forma indiscriminada, hiriendo a la indígena OMAIRA NAYAZA con  dos impactos de fusil,  uno en la pierna derecha lateral derecho de su muslo y  otro en el abdomen  parte baja a la derecha.

OMAIRA NAYAZA se resguarda detrás de una casa donde fue  auxiliada  por el señor JUAN EVANGELISTA NAYAZA y CLEMENTINA OSORIO, cuando todo se calma la trasladan a la carretera para recibir auxilio; en el momento en el que el señor JUAN EVANGELISTA NAYAZA fue a avisar a la comunidad indígena  de los hechos ocurridos,  los militares le dicen que no se puede mover del lugar hasta nueva orden, después de media hora lo dejan pasar.

Un enfermero militar es el primero que le ofrece auxilio a la indígena OMAIRA NAYAZA, pero para evitar malos entendidos y con la presencia de algunos indígenas el paramédico de la comunidad EDGAR GUEVARA GIRALDO la atiende mientras llega el gobernador para que después no lo fueran a responsabilizar de las consecuencias de los hechos perpetuados por los militares, posteriormente, el paramédico indígena WILSON  DE JESUS ISAGAMA NAYAZA, promotor de salud, luego del reconocimiento del estado de OMAIRA NAYAZA por la comunidad, procede  brindarle los primeros auxilios en compañía del enfermero militar; la indígena OMAIRA NAYAZA le toca esperar 3 horas la llegada del helicóptero militar.

Mientras OMAIRA NAYAZA es atendida, la comunidad pregunta por el SARGENTO BALBUENA MIGUEL ANGEL que se encontraba en un filo a 50 metros de ella  y  éste se niega a bajar, la comunidad le comunica que si no baja, suben 150 miembros de la comunidad donde él; al bajar el SARGENTO BALBUENA MIGUEL ANGEL no se reúne en el lugar que se encuentra concentrada la comunidad esperándolo y esta última debe moverse hasta donde esta él, éste ofrece disculpas, dice que fue un error, que ellos se equivocaron y le dispararon a la compañera.

OMAIRA NAYAZA, luego de 4 horas es trasladada a la ciudad de Medellín, junto a tres compañeros del RESGUARDO INDÍGENA TAGUAL LA PO: LIBARDO GUTIÉRREZ tesorero del resguardo, EDGAR GUEVARA GIRALDO, gobernador del Resguardo y WILSON DE JESUS ISAGAMA NAYAZA paramédico y promotor de salud del resguardo; le practican exámenes para verificar el daño causado  y la remiten a cirugía al otro día para retirarle la bala de la pierna, el impacto en el abdomen fue revisado por el médico, dice que solo es un rasguño en el abdomen, pero OMAIRA NAYAZA presenta una protuberancia y dolor tanto en el abdomen como en la parte baja de la espalda, por lo que los compañeros suponen que aún  se encuentra la bala y que no fue retirada de su cuerpo ya que que solo fue examinada superficialmente.

 Además, al recibir la historia médica de OMAIRA NAYAZA  los acompañantes se dan cuenta que en los hechos descritos por la fuerza pública son falsos, las acciones según los militares se presentaron bajo combate en el municipio de Amagá, lo que es mentira, los hechos se presentaron en el municipio de Segovia vereda Las Guaguas y no hubo ningún tipo de enfrentamiento, no había presencia de ningún otro grupo armado.

De nuevo en los hechos, el helicóptero llega a Medellín a las 5 de la tarde, los acompañantes no contaban con nada de dinero y no tuvieron alimentación por parte de la fuerza pública que los acompañaba a pesar de que le comentaron al  TENIENTE BARÓN y pidieron ayuda para su alimentación y alojamiento en algún lugar, para lo que el manifestó que no tenía dinero para estas cosas.

Los tres acompañantes se encontraban trabajando el día de los hechos, por ende sus prendas se encontraban aptas para el trabajo, no para su estadía en la ciudad, ni en el hospital, el TENIENTE BARÓN responde que aún se encuentran coordinando,  los acompañantes llaman al municipio de Segovia y se comunican con el SARGENTO RIVERA del ejercito ENCARGADO DE DERECHOS HUMANOS, éste responde que aún no hay recursos y que él no tiene como responder,  según el sargento, debido  a que era viernes, ya en horas de la tarde  no había como  pedir ayuda a la alcaldía de Segovia, entonces que les tocaba amanecer en la sala de espera o que buscara donde refugiarse en la casa de paso indígena en Medellín. Los militares evaden una vez más su responsabilidad.

Al otro día la situación continúa igual, sin alimentación por parte de la fuerza pública, hasta las dos de la tarde que ofrecen un almuerzo luego de una permanente insistencia por parte  de los acompañantes de OMAIRA NAYAZA debido a que ellos salieron solo con el desayuno desde la zona; estos se ven abocados a pedir a otras personas en la ciudad de Medellín ayuda debido al hambre y a la negligencia del militar, allí se comunican con la AIC (Asociación Indígena del Cauca) y estos le ofrecen alojamiento y les prestan $ 50.000 para los viáticos dentro de la ciudad. A las 3:30 de la tarde los acompañantes se  regresan al municipio de Segovia, el teniente le entrega 3 tiquetes para su regreso, ya en el municipio de Segovia el SARGENTO RIVERA les ofrece alimentación dentro del batallón a las 9:30 p.m. y les ofrecen una habitación con dos camas en una residencia, a pesar de que son tres, y les hace saber que hasta este punto llega su acompañamiento.

La fuerza pública al no brindar lo requerido por los indígenas para los gastos necesarios, fueron estos últimos quienes tuvieron que gestionar y cubrir la mayoría de costos como lo fue el préstamo de $50.000 de la AIC, la alimentación y el traslado desde Segovia hasta el resguardo. Además los tres acompañantes debieron abandonar sus labores por una semana puesto que además de acompañar OMAIRA NAYAZA hasta la ciudad de Medellín, debieron elaborar las correspondientes denuncias ante la personería de Segovia.


PATRONES DE VIOLACIÓN DE DERECHOS HUMANOS EN EL MARCO DE LA COMISIÓN DE VERIFICACIÓN SEGÚN DENUNCIAS DE LA COMUNIDAD

Violación a la integridad física y psicológica; acantonamiento del Ejército en la vereda,  violación del principio de distinción; violación del derecho de locomoción y movilidad.

ACCIONES

1)  Los días 19 y 20 noviembre del 2014 se traslada una comisión de verificación  de la Corporación CAHUCOPANA integrada por: coordinadores, representantes de la Corporación, un abogado, una periodista y una trabajadora social; con el objetivo de verificar los hechos y  recepcionar denuncias frente a la violación de derechos humanos. La reunión se hace con la comunidad tanto indígena como campesina y se elaboró un comunicado que fue aprobado por la comunidad: el resguardo indígena Tagual la Pó,  la Junta de Acción Comunal de la vereda Las Guaguas, y por la corporación CAHUCOPANA.
2)  Se ofrece el acompañamiento de derechos humanos y garantías durante y después de los hechos ocurridos.
3)  Se traslada a la compañera OMAIRA NAYAZA a la ciudad de Medellín, asegurando su transporte, alimentación y estadía además de garantizar su acompañamiento jurídico y médico.

4)  Se hace el acompañamiento jurídico y denuncia ante las debidas instancias: Defensoría del pueblo Medellín, Derechos Humanos de la cuarta brigada, fiscalía seccional de Medellín, procuradores administrativos Medellín y jueces administrativos

                                                                        ARCHIVO FOTOGRÁFICO



                                       OMAIRA NAYAZA, indígena herida por el Batallón Energético y Vial N° 8 al mando del                                  SARGENTO BALBUENA MIGUEL ANGEL


                      Indígenas del resguardo Tagual La Pó y miembros Batallón Energético y Vial N° 8 al mando del                                 SARGENTO BALBUENA MIGUEL ANGEL


Lugar en el que el BATALLÓN ENERGÉTICO VIAL NUMERO 8 al mando del SARGENTO BALBUENA MIGUEL ANGEL  hieren a la compañera OMAIRA NAYAZA.



Bala de fusil en el techo.


Impacto de fusil


Impacto de fusil  a la indígena OMAIRA NAYAZA en el abdomen  parte baja a la derecha.



Herida de fusil en la pierna derecha, lateral derecho del muslo de la indígena OMAIRA NAYAZA


Tobillo inflamado de OMAIRA NAYAZA.


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